Traducción de Instruciones para Formulario 3506
La siguiente tradución del FTB Publicación es para conveniencia del estudiante.
ESTADO DE CALIFORNIA
FRANCHISE TAX BOARD
2009 FTB instruciones 3506
Instrucciones Formulario 3506 Fuente Original (En Inglés)
Crédito de los costos del cuidado de niños y personas dependientes
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Información de carácter general
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Ate el crédito terminado de los costos de la asistencia infantil y a personas dependientes de la forma FTB 3506, a su forma 540/540A, la declaración sobre ingreso residente de California, o la forma larga 540NR, no residente de California o la declaración sobre ingreso residente del Part-Year, si usted demanda el crédito de los costos de la asistencia infantil y a personas dependientes.
Socios domésticos registrados (RDP)
RDPs bajo ley de California debe archivar sus declaraciones sobre ingreo de California usando la manera de archivar de casado/RDP en común o el estado de archivar de casado/RDP por separado. RDPs tiene las mismas ventajas, protecciones, y responsabilidades legales que pares casados apenas que haiga especificación de lo contrario.
Si usted entró en unión legal del mismo sexo en otro estado, con excepción de un matrimonio, y esa unión se ha determinado para ser substancialmente equivalentes a una sociedad doméstica registrada California, le requieren archivar una declaración sobre ingreso de California usando manera de archivar de casado/RDP en común o el estado de archivar de casado/RDP por separado. Para más información sobre qué estados tienen uniones legales que se consideren substancialmente equivalente, vayan a ftb.ca.gov y busquen para el Procurador General de la República.
Con objeto de impuesto sobre ingreso de California, las referencias a un esposo, el marido, o la esposa también refieren a un socio doméstico registrado California (RDP), salvo especificación de lo contrario. Cuando utilizamos el RDP de las iniciales, él refiere a un “socio doméstico registrado California” y a una “sociedad doméstica registrada California,” como sea aplicable. Para más información sobre RDPs, consiga el Pub de FTB. 737, información de impuesto para los socios domésticos registrados.
Redondear Centavos a dólares
Redondear centavos al dólar entero más cercano. Por ejemplo, alrededor de $50.50 hasta $51 o redondee $25.49 a $25. Si usted no redondea, el tablero de impuesto de licencia (FTB) desatenderá los centavos.
A Propósito
Usted puede calificar para demandar el crédito 2009 para los costos de la asistencia infantil y a personas dependientes, si usted (y su esposo/RDP) pagaron alguien en California para cuidar para su niño o la otra persona de calificación mientras que usted trabajó o buscó el empleo. Usted debe tener ingreo ganado a hacer tal. Si usted califica para demandar el crédito, utilice la forma FTB 3506 para calcular la cantidad de su crédito.
Si usted recibió los beneficios de la atención a personas dependientes para 2009 pero no califica para demandar el crédito, no le requieren llenar el formulario FTB 3506. Para las definiciones adicionales, los requisitos, y las instrucciones, consiguen costos federales de la asistencia infantil y a personas dependientes de la forma 2441.
B Diferencias entre California y ley federal
Las diferencias entre California y la ley federal son como sigue:
• California permite este crédito solamente para el cuidado proporcionado en California.
• Si usted era un no-residente, usted debe haber ganado salarios del trabajo en California o ingreso ganado de la actividad por cuenta propia del negocio de California actividades.
• El ingreso grueso ajustado federal debe ser $100,000 o menos para calificar para el crédito de California.
• El crédito de California es un porcentaje del crédito federal según lo modificado por la ley de California.
• El crédito de California es reembolsable.
• Los pares casados del mismo sexo (SSMCs) y RDPs pueden archivar una vuelta común de California y demandar este crédito. Para más información, consiga el Pub de FTB. 776, información de impuesto para los pares casados del mismo sexo, o el Pub de FTB. 737.
C Calificaciones
Usted puede tomar el crédito si todos los ocho siguientes se aplican.
1. Si usted está casado o un RDP, usted debe archivar una vuelta común. Para la excepción, considera la sección E, las personas casadas o manera de fichar de RDPs separada Vueltas, en la página 2.
2. El cuidado se debe proporcionar en California para una o más personas de calificación. Vea la sección D, calificando a la persona definida, en esta página.
3. Usted pagó cuidado así que usted (y sus esposo/RDP) podrían trabajar o buscar el trabajo. Sin embargo, si usted no encontró un trabajo y no tenía ningun ingreso ganado, usted no califica para el crédito. Si su esposo/RDP era un estudiante o lisiado, vea las instrucciones para la parte III, línea 5, en la página 4.
4. Usted (y sus esposo/RDP) deben tener ingreso ganado (los salarios o ingreso de la actividad por cuenta propia) durante el año. Vea las instrucciones para la parte III, línea 4, en la página 3 para más información sobre renta ganada.
5. Usted y las personas de calificación viven en el mismo hogar para más que mitad del año.
6. La persona que proporcionó cuidado no era su esposo/RDP, el padre de su niño de calificación, o una persona para quien usted puede demandar una exención de dependiente. Si su niño proporcionó el cuidado, el niño debe haber sido edad 19 o más viejo antes de fin de 2009.
7. Usted divulga la información requerida sobre los abastecedores del cuidado en la parte II, línea 1, y la información sobre las personas de calificación en la parte III, alinea 2.
8. Su ingreso grueso ajustado federal es $100,000 o menos.
D Persona de calificación definida
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Reglas para la mayoría de la gente
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Una persona de calificación es:
1. Una menor de edad 13 del niño quién cumple los requisitos de ser su dependiente como niño de calificación. Un niño que cumplio 13 durante el año califica solamente para la parte del año en que él o ella era de 12 años de edad.
2. Su esposo/RDP que era físicamente o mentalmente incapaz de cuidado ‑ de si mismo.
3. Cualquier persona que fuera físicamente o mentalmente incapaz de autosuficiencia y:
a. Era su dependiente.
b. Habría sido su dependiente salvo que:
i. Él o ella recibió ingreso grueso de $3,650 o más.
ii. Él o ella archivó un reporte de inpuestos conjunto.
iii. Usted, o su esposo/RDP si archivó un reporte conjunto, podría ser
demandado como dependiente en algún otro reporte 2009.
Niño de calificación
Un niño de calificación es un niño que resuelve todas las pruebas de siguiente:
• Prueba de la relación - el niño debe ser su hijo, hija, stepchild, niño adoptado, niño en acogida elegible, hermano, hermana, hemanastro, hemanastra, hermanastro, hermanastra, o un descendiente de uno de éstos. Un niño adoptado incluye a un niño que se ha colocado legal con usted para la adopción legal incluso si la adopción no es todavía final. Un niño en acogida elegible debe ser colocado con usted por una agencia autorizada de la colocación o por una corte.
• Prueba de la edad - el niño debe estar debajo de 19 años de edad o de un estudiante a tiempo completo debajo de 24. (Para los propósitos de la calificación para el niño y el crédito de los costos de dependiente, el niño debe estar debajo de 13.)
• Prueba de la implantación - el niño debe vivir con usted por más de la mitad del año.
• Prueba de la ayuda - el niño no debe haber proporcionado más que mitad de su propia ayuda.
• Prueba de la declaración conjunta - el niño no debe haber archivado una declaración sobre ingreso federal o de estado conjunto con su esposo/RDP.
• Prueba de la ciudadanía - el niño debe ser un ciudadano o un nacional de los E.E.U.U. o un residente de los E.E.U.U., de Canadá, o de México.
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Divorciado, terminado del RDP, separados, o Padres Nunca-Casados
Para divorciado, terminado del RDP, separado, o los padres nunca-casados, reglas especiales aplican en la determinación de si su niño cumple los requisitos de ser su persona de calificación. Cuando los padres archivan reportes separados, sólo un padre califica para demandar a un niño como persona de calificación.
Incluso si ambos padres pagan el cuidado de niños para el mismo niño, ambos padres no pueden calificar para el crédito. Algunos acuerdos de custodia señalan que dan derecho el padre al crédito. Sin embargo, el padre señalado debe resolver todas las calificaciones en la sección C, calificaciones, para demandar el crédito. Para verificar que su niño cumpla los requisitos de ser su persona de calificación, utilice la tabla abajo.
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Padre de la custodia. Usted es el padre de la custodia si usted tenía custodia física de su niño más que el otro padre durante el año. En los días cuando se comparte la custodia, consideran al padre que tiene custodia del niño por más de 12 horas tener custodia para ese día.
E Personas casadas o RDPs que archivan reportes de impuestos por separado
Generalmente, si usted está casado o es un RDP, usted debe archivar un reporte conjunto para demandar el crédito. Sin embargo, usted puede tomar el crédito en su reporte separado si:
1. Usted cumple los tres requisitos abajo:
• Usted vivió aparte de su esposo/RDP siempre durante los seis meses pasados de 2009.
• Las personas de calificación vivieron en su hogar más que la mitad de 2009.
• Usted proporcionó mas de la mitad del costo de mantener su hogar.
2. Usted reúne el resto de calificaciones en la sección C, Calificaciones.
F No-residentes y residentes del Parte-Año
1. Usted debe completar y atar el Anexo CA (540NR), California Ajustes - no-residentes o residentes del Parte-Año, a su reporte de impuestos, forma larga 540NR. Si la parte I del Anexo CA (540NR) no se completa completamente, podemos rechazar su crédito.
2. Los no-residentes deben tener ingreso ganado de las fuentes de California a calificar para el crédito. Los salarios militares de los miembros-de-servicio no-residentes se consideran ingresos ganados de una fuente de California con el fin de la calificación para el crédito.
3. Los residentes del Parte-Año deben tener ingreso ganado mientras es un residente de California o tiene ingreso ganado de las fuentes de California mientras que es un no-residente para calificar para el crédito.
G Personal militar
Para los propósitos de este crédito, la paga del servicio activo se considera ingreso ganado de las fuentes de California, sin importar si el miembro-del-servicio es domiciliado en California. Comenzando 2009, el acto de relevación militar federal de la residencia de los esposos puede afectar a los requisitos del crédito para los esposos de militares miembros-del-servicio. Para más información, consiga el Pub de FTB. 1032, información de impuesto para los personal militar.
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Instrucciones Específicas por Línea
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Parte I, Ingreso no-ganado y otros fondos recibidos en 2009
Enumere la fuente y la cantidad de cualquier dinero que usted recibiera en 2009 que no se incluye en su ingreso ganado (la línea 4 y linea 5) pero que fue utilizado para sostener su hogar. Incluya la manutención del menor, los establecimientos de propiedad, beneficios de la ayuda pública, las concesiones de la corte, las herencias, los ingresos del seguro, las pensiones y las anualidades, los pagos de Seguridad Social, la remuneración de los trabajadores, remuneración de desempleo, interés, y los dividendos.
Parte II, personas u organizaciones que proporcionaron el cuidado en California
Línea 1
Complete la línea 1a a la línea 1g para cada persona u organización que proporcionó el cuidado en California. Solamente el cuidado proporcionó en California califica para el crédito. Utilice la forma federal W-10, identificación y certificación del abastecedor de la atención a personas dependientes, o cualquier otra fuente enumerada en las instrucciones para la forma federal W-10 de conseguir la información de su abastecedor del cuidado. Si su abastecedor no le da la información, complete tanto de la información como sea posible y explique que su abastecedor no le dio la información que usted pidió.
Si usted no da la información correcta y completa, podemos rechazar su crédito a menos que usted pueda demostrarle que utilizó diligencia debida en intentar conseguir información requerida.
Línea 1a a la línea 1c
Incorpore el nombre completo de su abastecedor de California del cuidado (o el nombre comercial), la dirección, y el número de teléfono (código de área incluyendo). Si usted no da la información completa, podemos rechazar su crédito. Podemos entrar en contacto con su abastecedor del cuidado para verificar la información que usted proporciona.
Si le cubrio el plan de cuidado a personas dependientes de su patrón y su patrón suministró el cuidado (en su lugar de trabajo o empleando un abastecedor del cuidado), incorpora el nombre de su patrón en la línea 1a. Después, entre “See (vea) W-2” en la línea 1b. Complete la línea 1c a la línea 1f. Entonces deje la línea en blanco de 1g. Pero, si su patrón pagó a terceros (no empleados por su patrón) en nombre suyo para proporcionar cuidado, usted debe proporcionar la información de los terceros en la línea 1a a la línea 1g.
Línea 1d
Para cada abastecedor del cuidado, compruebe una caja que indica si el abastecedor del cuidado es una persona o una organización.
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Línea 1f
Incorpore la dirección física completa donde el cuidado fue proporcionado. Una caja de la oficina de correos no es aceptable. Si usted no proporciona la información correcta o completa, su crédito puede ser rechazado. Solamente el cuidado proporcionado en California califica para el crédito.
Línea 1g
Incorpore la cantidad total que usted pagó realmente en 2009 a su abastecedor del cuidado el cuidado proporcionado en California. También incluya las cantidades que su patrón pagó a terceros en nombre suyo.
No importa cuando los costos fueron contraídos. No reduzca esta cantidad por ningún reembolso que usted recibió.Podemos pedir que usted proporcione la prueba del pago. Los pagos al contado sin la documentación comprobable no pueden ser aceptados.
Parte III, crédito para los costos de la asistencia infantil y a personas dependientes
Línea 2
Complet la columna (a) a la columna (e) para cada persona de calificación para quien el cuidado fue proporcionado en California. Si reclama a más de tres personas de calificación, ate una hoja de papel a su reporte con la información requerida y escriba “See attached" (vea atado). Escriba su nombre y SSN (número de seguro) o ITIN en la hoja.
Columna (a)
Incorpore el nombre de cada persona de calificación.
Columna (b)
Incorpore SSN de cada persona de calificación. Verifique que el nombre y los SSN emparejen la tarjeta de Seguridad Social de la persona de calificación para evitar la reducción o el rechazo de su crédito. Si la persona nació en, y despues murió, en el 2009, y no obtubo un SSN, entre "Deseased" (fallecido) entra en la columna (b) y ata una copia de los certificados de nacimiento y muerte de la persona.
Entre los SSNs de las primeras dos personas de calificación en la forma 540, la línea 75 y la línea 76; Forme 540A, línea 75 y la línea 76; o la forma larga 540NR, línea 85 y la línea 86.
Columna (c)
Incorpore la fecha de nacimiento de la persona de calificación (mm/dd/yyyy) en el espacio proporcionado o si la persona de calificación es lisiada (físicamente o mentalmente incapaz de autosuficiencia), compruebe “sí” la caja. La información incompleta podía dar lugar a un retardo o a un rechazo de su crédito.
Columna (d)
Si usted compartió la custodia de las personas de calificación, incorpore el porcentaje del tiempo que usted poseyó custodia física durante 2009. Si usted tiene 50% o menos custodias físicas de su niño, usted no califica para el crédito.
Columna (e)
Incorpore los costos calificados que usted incurrió en y que pagó en 2009 las personas de calificación. Incluya solamente los costos calificados para el cuidado proporcionado en California. Si el niño cumplió 13 años durante el año, incluya solamente los costos calificados para la parte del año que el niño tenia 12 años.
No incluya en costos calificados (e) de la columna:
• Usted incurrió en en 2009 pero no pagó hasta 2010. Usted puede poder utilizar estos costos para aumentar su crédito 2010.
• Usted incurrió en en 2008 pero no pagó hasta 2009. En lugar, vea las instrucciones para la línea 11.
• Usted pagó por adelantado en 2009 para que el cuidado sea proporcionado en 2010. Estos costos se pueden utilizar solamente para calcular su crédito 2010.
Un costo calificado no incluye la cantidad que usted pagó la educación (cuota de la escuela) o la cantidad usted recibió con un programa de subsidio.
Los costos calificados
son cantidades pagadas el cuidado de su persona de calificación mientras que usted trabajó o buscó el trabajo.-----
Línea 4
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Línea 5
Esposo/RDP que era un estudiante o inhabilitado
Su esposo/RDP era un estudiante si el o ella lo/la alistaron como estudiante a tiempo completo en una escuela durante cualesquiera 5 meses de 2009. Una escuela no incluye una escuela nocturna o la escuela de correspondencia.
Su esposo/RDP estaba lisiado si él o ella no era capaz de autosuficiencia. Calcule el ingreso ganado de esposo/RDP sobre una base mensual.
Para cada mes que su esposo/RDP era un estudiante a tiempo completo o inhabilitado, entre en en la línea 5 el más grande del siguiente:
• Su ingreso ganado actual de su esposo/RDP para ese mes.
• $250 ($500, si usted tiene 2 o más personas de calificación).
Si, en el mismo mes, usted y su esposo/RDP califican como estudiantes a tiempo completo o inhabilitados, solamente uno de ustedes reciben el tratamiento como teniendo ingreso ganado de $250 (o $500) en ese mes. Para cualquier mes que su esposo/RDP no era un estudiante a tiempo completo o inhabilitado, utilice el ingreso ganado actual del esposo/RDP para ese mes.
Línea 7
Utilice la carta abajo para determinar la cantidad decimal para entrar en la línea 7. Su ingroso grueso ajustado federal (AGI) está en la forma 540, línea 13; Forma 540A, línea 13; o forma larga 540NR, línea 13. Para los personales militares domiciliados el exterior de California, utiliza su AGI federal menos su paga militar para determinar la cantidad decimal para entrar en la línea 7.
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Línea 9
Utilice la carta abajo para determinar la cantidad decimal para entrar en la línea 9. Para el exterior domiciliado de los personales militares de California, utilice su AGI federal menos su paga militar para determinar la cantidad decimal para entrar en la línea 9.
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Línea 11
Si usted tenía costos calificados para el cuidado que fue proporcionado en 2008 que usted pagó para en 2009, usted puede poder aumentar su crédito para 2009. Complete la hoja de trabajo en lado 2 de la forma FTB 3506. Vea las instrucciones de la hoja de trabajo en esta página.
Parte IV, Beneficios de cuidado a personas dependientes
Línea 13
Los beneficios de cuidado a personas dependientes son:
• Asciende un patrón pagado directamente a usted (o a su esposo/RDP), o a su centro abastecedor del cuidado de sus personas de calificación, mientras que usted trabajó.
• Una facilidad de la guardería proporcionado por su patrón.
• Deducido generalmente de su sueldo.
• Demostrado en la caja 10 de sus 2009 formas W-2.
Línea 14
Incorpore la cantidad de la forma federal 2441, línea 15.
Línea 15
Si usted tenía una cuenta flexible del gasto, cualquier cantidad que incluyó en la línea 13 que usted no recibió porque usted no incurrió en el costo se considera perdido.
No incluya las cantidades que usted espera recibir en una fecha futura.Línea 17
Incorpore el total de todos los costos calificados contraídos a 2009. No importa cuando los costos eran pagados.
Un costo calificado no incluye la cantidad que usted pagó la educación (cuota de la escuela) o la cantidad que usted recibió con un programa de subsidio.
Ejemplo:
Usted recibió el efectivo $2,000 debajo del plan de cuidado de dependiente de su patrón para 2009. Los $2,000 se demuestra en la caja 10 de su forma W-2. Usted obtuvo $900 contraídos de costos calificados en 2009 para el cuidado de su niño dependiente de 3 años. Entre $900 en la línea 17, pero divulgue los $2,000 enteros en línea 13.Para el resto de las líneas, siga las instrucciones de línea específica en la forma. Para la información adicional, consiga la forma federal 2441 o la publicación federal 503, Costos de la atención a niños y personas dependientes.
Línea 20
Si usted está casado o un RDP que archiva una declaración separada y usted reúne los requisitos de la sección E, personas casadas que archivan las declaraciones separadas, punto 1, entonces incorporan su ingreso ganado de la línea 19. En la línea 22, introduzca $5,000. Si usted estuvo casado o un RDP y archivó una declaración separada pero no cumplió los requisitos de la sección E, las personas casadas que archivan las declaraciónes separadas, punto 1, después incorporan su declaración ganada del esposo/RDP. Si su esposo/RDP era un estudiante o inhabilitado en 2009, vea las instrucciones para la línea 5.
En la línea 22, introduzca $2,500.Hoja de trabajo - el crédito para 2008 costos pagados en 2009
Usted necesitará una copia de su declaración 2008 de impuestos de California completar la hoja de trabajo.
Línea 12 y línea 14
Usted necesita las 2008 instrucciones de la forma FTB 3506 de completar el crédito para 2008 costos pagados en la hoja de trabajo 2009, en formas de lado 2. esta disponible en ftb.ca.gov o llamando 800.338.0505.
Línea 12
Incorpore la cantidad decimal de la carta en la línea 7 instrucciones 2008 de la forma FTB 3506 que corresponde a su ingreso grueso ajustado federal 2008.
Línea 14
Incorpore la cantidad decimal de la carta en la línea 9 instrucciones 2008 de la forma FTB 3506 que corresponde a su ingreso grueso ajustado 2008 de California.
La traducción elaborada aqui esta solamente para la conveniencia del estudiante y ayudar en la completación de este tema.