Tradución de FTB Publicación 1031 - Pautas para determinar Residencia del Estado - 2008
La siguiente tradución del FTB Publicación es para conveniencia del estudiante.
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ESTADO DE CALIFORNIA
FRANCHISE TAX BOARD
FTB Publicación 1031
Pautas para determinar
Residencia del Estado - 2008
Contenido
Introducción 1
Quién son los residentes y los no residentes 2
Significación de la residencia 2
Pautas para determinar la residencia 2
Propósitos temporales o transitorios 3
Ingreso imponible por California 4
Profesiones específicas 7
Residentes de o individuos en los países extranjeros 7
Casado/RDP que archiva las vueltas separadas 8
Cómo partir ingreso en la forma larga 540NR 10
Requisitos básicos de la declaración 11
Qué formulario para archivar 12
Estado de declaración 12
Evite los errores comunes en la forma larga 540NR 12
Ingreso gravada doble 12
Información adicional 12
A Introducción
Por los años fiscales que comenzaban encendido o después del 1 de enero de 2002, la ley de California cambiada para aclarar el método usado para calcular remanentes de la pérdida, difirió deducciones, y renta diferida para los pagadores de impuestos del no residente y del residente del part-year. Esta ley cambió el cómputo del impuesto a reconozca esos artículos, y estableció un nuevo método para determinar los porcentajes para el impuesto computacional para todos no residentes y residentes del part-year. El no residente formas de impuesto largas y forma corta 540NR, California Revisaron al no residente o la declaración sobre la renta residente del Part-Year, más claramente a la demostración que los no residentes pagan impuesto a California solamente en su renta imponible de California. Para más información, consiga el Pub de FTB. 1100, impuestos de no residentes e individuos que cambian la implantación.
Es importante para California propósitos del impuesto sobre la renta que usted haga una determinación exacta de su estado de la implantación. La implantación es sobre todo una cuestión del hecho que se determinará examinando todas las circunstancias de su situación particular. Esta publicación proporciona la información para ayudarle a determinar el siguiente:
• Si usted es un residente de California.
• Si su renta es imponible por California.
• Qué forma a archivar si usted tiene una limadura de California requisito.
El tablero de impuesto de licencia (FTB) publica consejo escrito en si una actividad o una transacción particular está conforme a impuesto bajo leyes de impuesto sobre la renta de California. Porque la implantación es una cuestión del hecho, no ley, el FTB no emitirá un dictamen escrito encendido si usted es un residente de California por un periodo de tiempo particular. La información incluida en esta publicación se proporciona para ayudarle con esta determinación.
AYUDA DEL INTERNET
Nuestro Web site proporciona la información que usted necesita terminar su declaración de impuestos. Vaya a nuestro Web site en ftb.ca.gov: • Vea sus pagos, debido de balance, salario y retención información, y formas FTB-publicadas 1099 en la cuenta de MyFTB.
• Pague sus IRPFS en línea usando paga del Web. Usted elija la fecha de pago, hasta un año por adelantado.
• Transfiera las formas y las publicaciones de impuesto.
• e-archivo su vuelta del IRPF usando CalFile.
• Compruebe el estado de su reembolso.
• Apliqúese para hacer pagos de impuestos mensuales usando la instalación Petición del acuerdo.
• Tenga acceso a los avisos legales de FTB, a los actos, y a las regulaciones.
• Repase el análisis de FTB de la legislación pendiente.
• Firme para arriba para recibir email en una variedad de asuntos del impuesto con nuestros servicios de la suscripción.
• Vea los manuales del procedimiento interno para aprender cómo administramos la ley.
Socios domésticos registrados (RDP)
RDPs bajo ley de California debe archivar sus declaraciones sobre la renta de California usando la limadura de married/RDP en común o el estado de limadura de la limadura de married/RDP por separado. RDPs tiene las mismas ventajas, protecciones, y responsabilidades legales que pares casados salvo especificación de lo contrario.
Si usted entró en adentro la misma unión legal del sexo en otro estado, con excepción de una unión, y esa unión se ha determinado para ser substancialmente equivalentes a una sociedad doméstica registrada California, le requieren archivar una declaración sobre la renta de California usando la limadura de married/RDP en común o el estado de limadura de la limadura de married/RDP por separado. Para más información sobre qué estados tienen uniones legales que se consideren substancialmente equivalente, vayan a nuestro Web site en ftb.ca.gov y busquen para el RDP.
Con objeto de impuesto sobre la renta de California, las referencias a un esposo, un marido, o una esposa también refieren a un socio doméstico registrado California (RDP), salvo especificación de lo contrario. Cuando utilizamos el RDP de las iniciales él refiere a un “socio doméstico registrado California” y a una “sociedad doméstica registrada California,” como aplicable. Para más información sobre RDPs, consiga el Pub de FTB. 737, información de impuesto para los socios domésticos registrados.
Personales militares
Además de esta publicación, los personales militares deben utilizar el Pub de FTB. 1032, información de impuesto para los personales militares.
B Quién son residentes y no residents
Un residente es cualquier individuo que resuelva el siguiente un de los:
• Presente en California para con excepción de un propósito temporal o transitorio.
• Domiciliado en California, pero el exterior California para un propósito temporal o transitorio. (Véase el “significado del Domicile' en la página 8).
Un no-residente es el individuo que no es un residente. Un residente del part-year es el individuo que es un residente de California para la parte del año y un no residente para la parte del año.
Area de salvo (Safe Harbor o Puerto Seguro)
Por los años fiscales que comienzan encendido o después del 1 de enero de 1994, un puerto seguro está disponible para ciertos individuos que salen de California bajo contratos relativos al empleo. El puerto seguro proporciona que considerarán a un individuo domiciliado en California que sea California exterior bajo contrato relativo al empleo por lo menos 546 días consecutivos un no residente a menos que se resuelva lo que sigue un de los:
• El individuo tiene renta intangible el exceder de $200.000 de cualquier año fiscal durante el cual el contrato relativo al empleo esté en efecto.
• El propósito principal de la ausencia de California es evitar el IRPF.
El esposo/RDP del individuo cubierto por esta regla del puerto seguro también será considerado un no residente mientras que acompaña la California exterior individual por lo menos 546 días consecutivos.
Las visitas de la vuelta a California que no exceden un total de 45 días durante cualquier año fiscal cubierto por el contrato de empleo se consideran temporales.
Los individuos no cubiertos por este puerto seguro determinan el estado de la implantación basado en hechos y circunstancias. La determinación del estado de la implantación no se puede basar solamente en la ocupación, el negocio, o la vocación de un individuo. En lugar, considere todas las actividades determinar estado de la implantación. Por ejemplo, los estudiantes que son residentes de California que dejan este estado para atender a una salida - de la escuela pública no hacen automáticamente no residentes, ni hacen los estudiantes que son no residentes de California que vienen a este estado atender a una escuela de California hacen automáticamente residentes. En estas situaciones, los individuos deben determinar su estado de la implantación basado en sus hechos y circunstancias (según lo descrito en la sección D, las pautas para determinar la implantación, y los propósitos de la sección E, temporal o transitorio).
C Significación de la implantación (Residencia)
La implantación es significativa porque determina cómo la renta es gravada por California. Para más información, vea la sección F, renta imponible por California.
D Pautas para determinar la implantación (Residencia)
La teoría subyacente de la implantación es que usted es un residente del lugar en donde usted tiene las conexiones más cercanas.
La lista siguiente demuestra algunos de los factores que usted puede utilizar para ayudar para determinar su estado de la implantación. Puesto que su residencia es generalmente el lugar en donde usted tiene los lazos más cercanos, usted debe comparar sus lazos a California con sus lazos a otra parte. Al usar estos factores, es la fuerza de sus lazos, no apenas el número de lazos, que determina su implantación.
Los factores a considerar son como sigue:
• Cantidad de tiempo que usted pasa en California contra la cantidad de tiempo usted pasa California exterior.
• Localización de su spouse/RDP y niños.
• Localización de su residencia principal.
• Indique que licencia su de conductor publicado.
• Estado donde se colocan sus vehículos.
• Estado en el cual usted mantiene sus licencias profesionales.
• Estado en el cual le colocan para votar.
• Localización de los bancos en donde usted mantiene cuentas.
• El punto de creaciones de sus transacciones financieras.
• Localización de sus profesionales médicos y otros proveedores de asistencia sanitaria (doctores, dentistas etc.), contables, y abogados.
• La localización de su social ata, por ejemplo su lugar de culto, asociaciones profesionales, o social y clubs de campo cuyo usted es un miembro.
• Localización de su característica verdadera e inversiones.
• Permanencia de sus asignaciones del trabajo en California.
Ésta es solamente una lista parcial de los factores a considerar. Considere todos los hechos de su situación particular determinar su estado de la implantación.
E Propósitos temporales o transitorios
Generalmente, su estado de la residencia es donde usted tiene sus conexiones más cercanas. Si usted deja su estado de la residencia, es importante determinar si su presencia en una diversa localización está para un propósito temporal o transitorio. Usted debe considerar el propósito y la longitud de su estancia al determinar su implantación.
Entrada a California
Cuando usted está presente en California para los propósitos temporales o transitorios, usted es un no residente de California. Por ejemplo, si usted viene a California por vacaciones, o terminar una transacción, o está pasando simplemente a través, su propósito es temporal o transitorio. Como no residente, le gravan solamente en su renta de las fuentes de California.
Cuando usted está en California para con excepción de un propósito temporal o transitorio, usted es un residente de California. Por ejemplo, si su patrón le asigna a una oficina en California por un período largo o indefinido, si usted se retira y viene a California sin planes específicos irse, o si usted es enfermo y está en California por un período indefinido de la recuperación, su estancia está con excepción de temporal o de transitorio. Como residente, le gravan en renta de todas las fuentes.
Le asumirán ser un residente de California por cualquier año fiscal en el cual usted pase más de nueve meses en este estado.
Aunque usted pueda tener conexiones con otro estado, si su estancia en California está para con excepción de un propósito temporal o transitorio, usted es un residente de California. Como residente, su renta de todas las fuentes es imponible por California.
Ejemplo 1 - Usted es ejecutivo de operaciones y reside en Nueva York con su familia. Varias veces usted viaja cada año a otros estados para los propósitos de negocio. Su estancia media es uno o dos semanas y la época entera pasada en California por cualquier año fiscal no excede seis semanas. Su familia permanece generalmente en Nueva York cuando usted está viajando para los propósitos de negocio.
Determinación: Bajo estas circunstancias, usted no es un residente de California porque sus estancias en California son temporales o transitorias en naturaleza. Como no residente, le gravan solamente en su renta de las fuentes de California, incluyendo su renta para los servicios llevados a cabo en California.
Ejemplo 2 - En diciembre de 2007, usted vino a California en una asignación indefinida del trabajo. Usted alquiló un apartamento sobre entrar en California y continuó viviendo en el apartamento. Usted conservó su cuenta bancaria del hogar y en Illinois hasta el abril de 2008, en cuya hora usted vendió su hogar y transfirió su cuenta bancaria a California.
Determinación: Su asignación en California era por un período indefinido; por lo tanto, su estancia en California no estaba de una naturaleza temporal o transitoria. Aunque usted mantuviera lazos Illinois hasta el abril de 2008, usted hizo un residente de California sobre incorporar el estado en diciembre de 2007. Como residente, le gravan en su renta de todas las fuentes.
Saliendo de California
El individuo que es un residente de California continúa siendo un residente cuando es ausente del estado para un propósito temporal o transitorio.
Por los años fiscales que comienzan encendido o después del 1 de enero de 1994, una ausencia de California bajo contrato relativo al empleo por un período por lo menos de 546 días consecutivos se puede considerar una ausencia para con excepción de un propósito temporal o transitorio. Vea el puerto seguro bajo sección B para más información.
Ejemplo 3 - Hasta el septiembre de 2008, usted era un residente de California. En aquel momento, usted se declaró ser un residente de Nevada, en donde usted tiene un hogar de verano. Usted continúa pasando seis o siete meses cada año en su hogar en California, que usted ha conservado. Usted pasa solamente tres a cuatro meses en Nevada y el resto del tiempo que viaja en otros estados o países. Usted transfirió sus cuentas bancarias a Nevada. Sin embargo, usted continúa manteniendo su club social y relaciones de negocios en California.
Determinación: Su declaración de la implantación en otro estado no establece la implantación en ese estado. Sus conexiones más cercanas están a California y su ausencia de California está para los propósitos temporales o transitorios. Usted es, por lo tanto, un residente de California y se grava en su renta de todas las fuentes.
Ejemplo 4 - Usted y sus spouse/RDP son residentes de California. Usted acepta un contrato para trabajar en Suramérica por 16 meses. Usted arrienda un apartamento cerca del sitio del trabajo. Su contrato indica que su patrón arreglará su vuelta de nuevo a California cuando expira su contrato. Su spouse/RDP y sus niños seguirán siendo en California que reside en el hogar usted para poseer.
Determinación: Usted mantiene los lazos estrechos con California porque sus spouse/RDP y niños permanecen en su hogar de California durante su ausencia. Su intento es volver a California, y su ausencia es temporal y transitoria. Usted sigue siendo un residente de California durante su ausencia. Le gravan en renta de todas las fuentes, incluyendo la renta ganada en Sudamérica.
Ejemplo 5 - Usted recibe y acepta una oferta de trabajo permanente en España. Usted y su venta de spouse/RDP su hogar en California, embalan todas sus posesiones y se trasladan a España el 5 de mayo de 2008, con sus niños. Usted arrienda un apartamento y alista a sus niños en escuela. Usted obtiene una licencia de conductor española y hace conexiones sociales numerosas en su nuevo hogar. Usted no tiene ninguna intención de la vuelta a California.
Determinación: Usted es un residente del part-year. Hasta el 4 de mayo de 2008, usted era un residente de California. El 5 de mayo de 2008, usted hizo un no residente. Toda su renta mientras que usted era un residente es imponible por California. Mientras que usted es un no residente, sólo la renta de las fuentes de California es imponible por California.
Ejemplo 6 - Usted es un residente de California. Usted acepta una asignación de 15 meses en la Arabia Saudita. Usted puso sus pertenencia personales, incluyendo su automóvil, en almacenaje en California. Usted tiene una licencia de conductor de California y se coloca para votar en California. Usted mantiene cuentas bancarias en California. En la Arabia Saudita, usted permanece Pub de la página FTB. 1031 2008 en un compuesto proporcionado para usted por su patrón, y los únicos lazos que usted establecen está conectado con su empleo. Sobre la terminación de su asignación, usted volverá a California.
Determinación: Usted ha mantenido mayores conexiones con California que usted ha establecido en la Arabia Saudita. Su ausencia está para un propósito temporal o transitorio. Por lo tanto, usted sigue siendo un residente de California. Como residente de California, su renta de todas las fuentes es imponible por California, incluyendo la renta que usted ganó de su asignación en la Arabia Saudita.
Ejemplo 7 - Usted es un residente de California y un solo pagador de impuestos. Usted acepta una asignación de tres años en Japón. Su asignación en Japón cubre el período el 1 de enero de 2007, hasta el 31 de diciembre de 2009. Usted alquiló su residencia y puso su carro y pertenencia en almacenaje en California. Usted mantuvo sus cuentas bancarias de California, la licencia de conductor, y el registro de votantes. Usted tiene menos de $200.000 de renta intangible durante cada año. Sobre la terminación de su asignación, usted se prepone volver a California. Usted volvió a California a la familia de la visita no más que un total de 45 días durante los años fiscales 2007 o 2008.
Determinación: Usted resuelve la regla del puerto seguro. Usted es un no residente durante su ausencia del estado.
F Ingreso imponible por California
Gravan a los residentes de California en TODA LA renta, incluyendo renta de fuentes fuera de California. Gravan a los no residentes de California solamente en renta de las fuentes de California.
No gravan a los no residentes de California en las pensiones recibidas después del 31 de diciembre de 1995. Consiga el Pub de FTB. 1005, pensión y pautas de la anualidad, para más información.
Gravan a los residentes del Part-year de California en toda la renta recibida mientras que un residente y solamente en renta de las fuentes de California mientras que un no residente.
Si usted utiliza la forma larga 540NR, calcule su renta imponible como si usted fuera un residente de California por el año entero.
Termine el Anexo CA (540NR), los ajustes de California - los no residentes o a los residentes del Part-Year, columna A a columna D, para calcular la renta gruesa ajustada total (AGI). Calcule California AGI aplicable a un no residente o a un residente del part-year en el Anexo CA (540NR), columna E.
Si usted utiliza la forma corta 540NR, llene el formulario corto 540NR, alinean 17 para calcular AGI total. Calcule California AGI aplicable a un no residente o a un residente del part-year en la forma corta 540NR, línea 21.
Trate los tipos específicos de renta según lo explicado abajo.
Jornales y sueldos
Los jornales y los sueldos tienen una fuente donde se llevan a cabo los servicios. Ni la localización del patrón, en donde se publica el pago, ni su localización cuando usted recibe affecto del pago la fuente de esta renta. Los residentes incluyen en el horario CA (540NR), la columna E o la forma corta 540NR, alinean 21 todos los jornales y sueldos ganados, sin importar donde los servicios fueron llevados a cabo. Los no residentes incluyen la renta para los servicios llevados a cabo en California.
Ejemplo 1 - Usted es un residente de Nueva York que trabaja temporalmente en California para una corporación de Nueva York.
Determinación: Su renta ganada para los servicios se realizó en California tiene una fuente de California. Como no residente, incluya esta renta de fuente de California en el horario CA (540NR), la columna E o la forma corta 540NR, línea 21.
Ejemplo 2 - Usted es un residente de California. Como representante para su patrón, usted pasó dos semanas en Georgia para dar el entrenamiento. Una corporación de Georgia le pagó mientras que usted estaba en Georgia.
Determinación: Porque usted es un residente de California, le gravan en toda la renta, sin importar fuente. La renta es imponible por California, aunque tiene una fuente en Georgia.
Interés y dividendos
El interés y los dividendos tienen generalmente una fuente donde usted está un residente. Sin embargo, vea la excepción abajo.
Ejemplo 3 - Usted es un residente de Tejas y tiene interés de una cuenta bancaria de California.
Determinación: Porque usted es un residente de Tejas, el interés tiene una fuente en Tejas. El interés no es imponible por California.
Ejemplo 4 - Usted es un residente de California y tiene interés de un cuenta de ahorros en Oregon.
Determinación: Porque usted es un residente de California, le gravan en toda la renta, sin importar fuente. El interés es imponible por California. Ejemplo 5 - Usted es un residente de Montana y tiene dividendos de una corporación de California.
Determinación: Porque usted es un residente de Montana, los dividendos tienen una fuente en Montana. Los dividendos no son imponibles por California.
Excepción: El interés y los dividendos tienen una fuente en California si la cuenta o la seguridad se utiliza en un comercio o un negocio o se promete como seguridad para un préstamo, los ingresos cuyo se utilizan en un comercio o un negocio en California. Para las reglas especiales con respecto a seguridades de inversión de calificación, refiera al rédito y al código de los impuestos (R& TC) Sección 17955.
Ingreso (renta) de negocio (o pérdida)
La renta de un no residente de las fuentes de California incluye renta de un negocio, de un comercio, o de una profesión continuada en California. Si el negocio, el comercio, o la profesión del no residente se continúa tanto dentro como fuera de California y la parte fuera de California es separada y distinta de la parte dentro de California, sólo la renta de la pieza conducida dentro de California es renta de fuente de California. Si, sin embargo, hay cualquier relación de negocio entre las partes dentro y fuera de California (flujo de mercancías, de etc.), la porción de renta (o la pérdida) imponible por California es determinada normalmente usando la fórmula de prorrateo para las corporaciones dedicadas a negocios pluriestatales.
Refiera a Cal. Cifre Regs., tit. 18 ‑ 4 de la sección 17951 y Anexo R, prorrateo y asignación de la renta, para más información.
Pensiones y Keoghs (HR 10)
Residentes: Las distribuciones de la pensión patrón-patrocinado y de la actividad por cuenta propia (Keogh), de la participación en los beneficios, de planes de prima común, o de otros arreglos diferidos de la remuneración son imponibles por California sin importar donde los servicios fueron llevados a cabo.
No residentes: Las distribuciones no son imponibles por California si están recibidas después del 31 de diciembre de 1995. Consiga el Pub de FTB. 1005 para más información.
Ejemplo 6 - Usted era un residente de California cuando usted ganó su pensión. Usted se retiró durante 2008 y se trasladó permanentemente a New México. Después de hacer un residente de New México, usted comienza a dibujar su pensión.
Determinación: Puesto que usted es un no residente, la distribución no es imponible por California porque usted la recibió después del 31 de diciembre de 1995.
Ejemplo 7 - Usted vivió y trabajó en Ohio. Usted se retiró en Ohio y recibió su primer cheque de la pensión el 1 de enero de 2008. Usted se trasladó permanentemente a California el 1 de julio de 2008.
Determinación: Usted hizo un residente de California el 1 de julio de 2008. Su renta de la pensión recibida el 1 de julio de 2008 que comienza, es imponible por California porque gravan a los residentes de California en toda la renta, sin importar fuente.
Distribuciones de Lump-Sum Residentes:
Residentes: Las distribuciones de Lump-sum son imponibles por California. Gravan a los residentes de California en toda la renta, sin importar fuente. Por lo tanto, la distribución es imponible incluso si es atribuible a los servicios llevados a cabo fuera de California y acrecentados antes de su sentir bien a un residente de California.
No residentes: Las distribuciones de Lump-sum de un plan o de una anualidad calificado después del 31 de diciembre de 1995, no son imponibles por California. Sin embargo, las distribuciones de lump-sum, derivadas de una fuente de California, recibida de la mayoría de los planes nonqualified después del 31 de diciembre de 1995, continúan siendo imponibles por California. Consiga el Pub de FTB. 1005 para más información.
Ejemplo 8 - Usted vivió y trabajó en Nueva York. Usted se retiró y se trasladó a California e hizo un residente. Antes de volver a poner, usted eligió para recibir una distribución de lump-sum de su plan de jubilación calificado. Usted recibió la distribución después de que usted hizo un residente de California.
Determinación: La distribución es imponible por California porque gravan a los residentes de California en toda la renta, sin importar la fuente (súplica de Rafael G. y de Martha E. McQuoid, tablero del estado de California de la igualación, el 11 de mayo de 1989).
Ejemplo 9 - Usted era un residente de California y trabajado para una corporación en California. Usted se trasladó a Ohio durante 2008 y elegido para tomar una distribución de lump-sum de su plan de jubilación calificado. Usted recibió la distribución después de que usted hizo un residente de Ohio.
Determinación: Puesto que usted es un no residente, la distribución no es imponible por California porque usted la recibió después del 31 de diciembre de 1995.
IRA de la cuenta (IRA), de Roth de jubilación individual, IRA SIMPLE, pensión de empleado simplificado (SEPT), y distribuciones de Keogh
El IRA, el IRA de Roth, el IRA SIMPLE, SEPT, y las distribuciones de Keogh recibidas después de hacer un no residente no son imponibles por California si está recibido después del 31 de diciembre de 1995.
Las distribuciones a partir de un SEPT de las contribuciones hechas después de 1986 son gravadas por California de manera semejante como la pensión y distribuciones de Keogh. Las distribuciones de las contribuciones hechas antes de 1987 son gravadas por California de manera semejante como distribuciones del IRA. Consiga el Pub de FTB. 1005 para más información.
Venta de las propiedades inmobiliarias
El aumento o la pérdida de la venta de las propiedades inmobiliarias tiene una fuente donde se localiza la característica. Si usted vende sus propiedades inmobiliarias de California y se mueve de estado, el aumento es imponible por California. El aumento es imponible por California incluso si se venden las propiedades inmobiliarias cuando usted es un no residente.
Ejemplo 10 - Usted es un residente de Idaho. Usted vendió las propiedades inmobiliarias subdesarrolladas situadas en California en un aumento.
Determinación: Porque la característica está en California, el aumento es renta de fuente de California. Como no residente, incluya esta renta de fuente de California en el horario CA (540NR), columna E.
Ejemplo 11 - Usted es un residente de California. Usted vendió las propiedades inmobiliarias situadas en Inglaterra en un aumento.
Determinación: Porque usted es un residente de California, le gravan en toda la renta, sin importar fuente. El aumento en la venta es imponible por California.
Ejemplo 12 - Usted es un residente de Nevada. Usted posee la característica de alquiler residencial situada en California. Su característica ha demostrado siempre una pérdida. Usted vendió la característica para un aumento.
Determinación: Porque la característica está situada en California, el aumento en la venta es imponible por California. Desde característica verdadera de alquiler se clasifica como actividad pasiva, la venta “acciona” el lanzamiento de las pérdidas suspendidas contraídas en los años fiscales que comienzan encendido o después del 1 de enero de 1987. Las pérdidas suspendidas se pueden utilizar para compensar cualquier aumento de la venta o renta de otras actividades pasivas. Consiga la forma FTB 3801, las limitaciones de pérdida pasivas de la actividad, y las instrucciones o el Pub de FTB. 1016, pautas de retención de las propiedades inmobiliarias, para más información. Servicios y conformidad de retención Consiga el Pub de FTB. 1016 y 1017, Nonresident
Detenciones de S Corporation y pautas de la sociedad
Consiga el Pub de FTB. 1016 y 1017, Nonresident Withholding S Corporation y pautas de la sociedad, para más información.
La retención se puede requerir en ventas de las propiedades inmobiliarias de California, las asignaciones de la renta o las distribuciones de corporaciones y las sociedades de S, y otros pagos de la renta de fuente de California pagada a los no residentes. Para más información,
contacte:
SERVICIOS Y CONFORMIDAD DE RETENCIÓN TABLERO DE IMPUESTO DE LICENCIA
PO Boxox 942867
Sacramento CA 94267-0651
Dentro de los Estados Unidos, llamada 888.792.4900
Fuera de los Estados Unidos, llamada 916.845.4900 (no gratis)
FAX 916.845.9512
Asociaciones, Corporaciones tipo S, compañía de responsabilidad limitada (LLC), y ingreso de fedeicomiso (pérdida)
Cuando un socio es un residente del part-year durante cualquier parte sus los propios o del año fiscal de la sociedad, el residente del año del ‑ de la pieza debe dividir su año fiscal en dos períodos distintos. Para el período durante el cual el residente del año del ‑ de la pieza era un residente de este estado, todos los artículos de la renta y las deducciones deben ser incluidos en la renta imponible de California del socio. Para el período durante el cual el residente del part-year era un no residente de este estado, sólo la renta gruesa y las deducciones observadas de fuentes dentro de este estado se incluyen en la renta imponible de California del socio. Por lo tanto, todos los artículos California-originarios de la renta y de la pérdida observadas por la sociedad durante el año fiscal de la sociedad cuando el socio era un no residente de este estado se incluyen en la renta imponible de California. Esto también se aplica a los accionistas de una corporación de S, de socios de un LLC clasificado como sociedad, y de beneficiarios de una confianza. Vea el acto legal 2003-1, Pub de FTB de FTB. 1017, y Pub de FTB. 1100 para más información.
Ejemplo 13 - Kim, pagador de impuestos individual no residente del año civil, tiene un interés del 50% en la sociedad (p). P tiene un final de año del 31 de diciembre. P dirige negocio dentro y fuera de California. Por el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre, el horario K-1 (565) de Kim de P demuestra que Kim tiene $10.000 de renta imponible de todas las fuentes, a $5.000 cuyo es originario a California. El 15 de septiembre, Kim sintió bien a un residente de California.
Determinación: Kim era un no residente para 257 días del ejercicio económico del p y un residente por 108 días. Kim incluirá en la renta imponible por el año, $6.480 de California de renta de P, computados como sigue: • Para la porción del año Kim era un no residente: 257/365 X $ 5.000 = $3.521 • Para la porción del año Kim era un residente: 108/365 x $10.000 = $2.959
Ejemplo 14 - Esperanza, residente individual del año civil de California, posee una parte del 50% de la corporación tipo S (Buddy Corp.). Buddy Corp. tiene un final de año del 31 de octubre. Buddy Corp. dirige negocio dentro y fuera de California. Para el final de año del 31 de octubre, el horario K-1 (100S) de la esperanza de Buddy Corp. demuestra que la esperanza tiene $8.000 de renta imponible de todas las fuentes, a $3.000 cuyo es originario a California. El 10 de junio, Esperanza sintió bien a un pagador de impuestos no residente.
Determinación: Esperanza era un no residente para 144 días de de finales de ano fiscal de la corporación del compinche y un residente por 221 días. Esperanza incluirá en la renta imponible por el año, $6.028 de California de renta de Buddy Corp., computados como sigue: • Para la porción de año la esperanza era un no residente: 144/365 x $3.000 = $1.184 • Para la porción de año Esperanza era un residente: 221/365 x $8.000 = $4.844
Venta de la acción y de Bonds
El aumento o la pérdida de la venta de la acción o de bonds tiene una fuente donde usted está un residente a la hora de la venta. Si la compra y la venta de la acción y de bonds es su comercio o negocio, vea la “ingreso de negocio (o la pérdida)” en la página 4 para más información.
Ejemplo 15 - Usted es un residente de Oregon y vende la acción de una corporación de California en un aumento.
Determinación: Porque usted es un residente de Oregon, el aumento tiene una fuente de Oregon. El aumento no es imponible por California.
Ejemplo 16 - Usted es un residente de California y vende la acción de una corporación de Kansas en un aumento.
Determinación: Porque usted es un residente de California, le gravan en toda la renta, sin importar fuente. El aumento es imponible por California.
Ventas en pagos fijos
Por los años fiscales que comienzan 2002, California grava los aumentos de los pagos fijos recibidos por un no-residente de la venta de la propiedad tangible sobre una base de la fuente. La propiedad verdadera es originaria y gravada basado sobre donde se localiza la propiedad. California grava a residentes en todo ingreso sin importar la fuente. La carta abajo indica el tratamiento de impuesto para los pagos de la instalación recibidos por los residentes, los no-residentes, y los individuos que cambiaron la residencia:

Para el tratamiento del interés ganado en una venta de instalación, vea el interés y los dividendos en la página 4. conseguir el Pub de FTB. 1100, para más información con respecto a los impuestos de las ventas de instalación.
Reembolso de costos móviles
La fuente de costos móviles reembolsados es el estado el cual usted se traslada, sin importar su implantación cuando se hace el reembolso.
G Profesiones específicas
Militar
Los personales militares deben conseguir el Pub de FTB. 1032.
Civiles que trabajan para los militares
Las reglas para los personales militares no se aplican a los civiles que trabajan para los militares. Determine su estado de la implantación y la fuente de su renta basada en las pautas explicadas previamente en las secciones B a F.
Personas asignadas de la carrera en el servicio extranjero de los E.E.U.U.
Las reglas para los personales militares no se aplican a las personas asignadas de la carrera en el servicio extranjero de los E.E.U.U. Determine su estado de la implantación y la fuente de su renta basada en las pautas explicadas previamente en las secciones B a F
Empleados de la línea aérea
Los salarios de los personales no residentes del vuelo (e.g. piloto, copiloto, asistente de vuelo) no son imponibles por California a menos que más el de 50% del tiempo de vuelo programado del individuo esté en California. Si más el de 50% del tiempo de vuelo programado está en California, los salarios se reparten a California basada en el cociente del tiempo pasado en California al tiempo de vuelo programado total.
Gravan a los personales del vuelo que son residentes de California en todos los salarios recibidos sin importar donde el tiempo de vuelo está pasado.
Empleados de un estado a otro del portador del carril y del motor
Los salarios de los empleados o de los conductores de camión no residentes del ferrocarril cuyo asignaron regularmente deberes se realizan en dos o más estados se pueden gravar solamente por el estado del individuo de la residencia.
Empleados de ferrocarril o conductores de camión que son residentes de California gravan en todos los salarios recibidos sin importar donde se realizan los deberes.
Marineros mercantiles
Un marinero mercantil que está en California solamente porque este estado es puerto-de-llama y que no mantiene ninguÌn otro contacto o conexión con este estado, es un no residente. Sin embargo, un marinero que mantiene conexiones cercanas con California sigue siendo un residente de California mientras que en el mar. Bajo tales circunstancias, la ausencia del marinero está para un propósito temporal o transitorio.
Ejemplo 1 - Usted es marinero mercantil y pasa seis a diez meses al año a bordo de una nave fuera de California. Usted pasa su tiempo fuera de servicio en California. Usted posee un hogar en California en donde reside su esposo/RDP. Usted vota y ejerce la actividad bancaria en California. Usted tiene una licencia de conductor de California y su automóvil se coloca en California.
Determinación: Usted es un residente de California. Su tiempo en el mar es temporal y transitorio. Como residente, toda su renta es imponible por California, incluyendo su renta ganada mientras que en el mar (súplica de James H. y de Leila P. Pike, tablero de la igualación, 1 de febrero de 1983 del estado de California).
Ejemplo 2 - Usted es marinero mercantil y pasa ocho a diez meses al año a bordo de una nave fuera de California. Usted es solo y no tiene ninguÌn dependiente. Usted pasa el 50% de su tiempo fuera de servicio o el 10% de su tiempo total en California. Usted vuelve a California solamente cuando su empleo le trae aquí. Al visitar California, usted permanece en hoteles. Usted tiene una cuenta bancaria de California en arrendamiento común con su padre. Usted tiene una licencia de conductor de California, pero ninguÌn coche. Usted no posee la característica verdadera en California.
Determinación: Usted es un no residente de California. Sus lazos a California no son substancial y su tiempo en California es temporal o transitorio (súplica de Richard W. Vohs, tablero de la igualación, 17 de septiembre de 1973 del estado de California).
H Residentes de o individuos en países extranjeros
Si usted es un residente de un país extranjero y lleva a cabo servicios en California y/o recibe renta de las fuentes de California, usted puede tener un requisito de la limadura del impuesto sobre la renta de California incluso si usted no tiene un requisito federal de la limadura.
Tratado de impuesto
Un tratado de impuesto entre el gobierno de los E.E.U.U. y un país extranjero puede eximir algunos tipos de renta de impuestos federales. Generalmente, a menos que el tratado excluya específicamente la renta de impuestos por California, la renta es imponible.
Ejemplo 1 - Usted es un residente de China que hace la investigación en una universidad en California y salarios recibidos de $15,000 para enseñar y hacer a la investigación. Para los propósitos federales del impuesto sobre la renta, los salarios son excludable debido al tratado de impuesto entre los Estados Unidos y la China. (Las cantidades recibidas para enseñar, la investigación, u otros servicios llevados a cabo por un estudiante no son excludable como una beca o beca calificada, incluso si los servicios se requieren como condición de recibir la beca o la beca.)
Determinación: Aunque los salarios puedan estar exentos de la renta para los propósitos federales del impuesto sobre la renta, los salarios serán imponibles por California. El tratado de impuesto indica específicamente que los impuestos cubiertos por el tratado de impuesto son impuestos sobre la renta federales impuestos por el código de la renta pública. Los tratados de impuesto entre los Estados Unidos y otros países que expreso limitan su uso a los impuestos sobre la renta federales no se aplican a California. California en los salarios para los servicios gravan a los no residentes llevados a cabo en California. Desde usted recibió los salarios para los servicios llevados a cabo en California, los salarios son imponible por California. Incluya los salarios de $15,000 en el horario CA (540NR), la parte II, la línea 7, la columna C o la forma corta 540NR, línea 12.
Separación del impuesto sobre ingreso
Una separación federal del impuesto sobre la renta no afecta a su deuda impositiva de California. El FTB no publica los certificados del certificado de pago de impuestos para los individuos en esta situación.
Crédito por impuestos pagados en el extranjero o exclusión de renta ganada extranjera
California no permite un crédito por impuestos pagados en el extranjero o una exclusión de renta ganada extranjera. Si usted demandó la exclusión de renta ganada extranjera en su vuelta federal, incluya la cantidad de su exclusión de renta ganada extranjera en el horario CA (540NR), línea 21f, columna C.
I Casado/RDP que archiva vueltas separadas
División de ingreso
California es un estado de la característica de comunidad. El domicilio del esposo/RDP que gana la renta determina la división de renta entre los esposos/RDPs cuando se archivan las vueltas separadas. Cada spouse/RDP debe seguir las leyes en su estado del domicilio para determinar si la renta es separada o comunidad. Cuando se archivan las vueltas separadas, usted y su spouse/RDP deben cada mitad del informe de la renta de la comunidad más toda su renta separada en su vuelta.
Significado del domicilio
El término “domicilio” tiene una definición legal especial que no sea igual que residencia. Mientras que muchos estados consideran el domicilio y la residencia ser iguales, California hace una distinción y los ve como dos conceptos separados, aunque pueden traslaparse a menudo. Por ejemplo, usted puede ser domiciliado en California pero no ser un residente o usted de California puede ser domiciliado en otro estado sino ser un residente de California para los propósitos del impuesto sobre la renta.
El domicilio se define para los propósitos de impuesto como el lugar en donde usted se establece voluntariamente y a la familia, no simplemente para un propósito especial o limitado, pero con una actual intención de hacerle su hogar verdadero, fijo, permanente y establecimiento principal. Es el lugar en donde, siempre que usted sea ausente, usted se prepone volver.
Cambio del domicilio
Usted puede tener solamente un domicilio a la vez. Una vez que usted adquiere un domicilio, usted conserva ese domicilio hasta que usted adquiera otro. Un cambio del domicilio requiere todo el siguiente:
• Abandono de su domicilio anterior.
• Físicamente moviéndose a y residiendo en el nuevo lugar.
• Intento a permanecer en el nuevo lugar permanentemente o indefinidamente según lo demostrado por sus acciones.
Propiedad de comunidad
La característica de comunidad es toda la característica que no es característica separada adquirida por un esposo/RDP o un esposa/RDP o ambas mientras que es domiciliada en un estado de la característica de comunidad.
Cada esposo/RDP posee una mitad de toda la propiedad de comunidad. Si la propiedad no se puede identificar específicamente como propiedad separada, se considera propiedad de comunidad.
Los siguientes son estados de la propiedad de comunidad (y territorios de los E.E.U.U.):
Arizona New Mexico
California Wisconsin
Idaho Texas
Louisiana Washington
Nevada Puerto Rico
Guam Northern Mariana Islands
Ingreso de la comunidad
El ingresos generado de propiedad de comunidad es ingreso de la comunidad. El ingreso de la comunidad también incluye la remuneración para los servicios si el esposo/RDP que gana la remuneración es domiciliado en un estado de la propiedad de comunidad.
Divida la renta de la comunidad igualmente entre usted y su spouse/RDP cuando se archivan las vueltas separadas.
Propiedad Separada
La propiedad separada incluye el siguiente:
• Característica poseída por separado por el esposo/RDP o esposa/RDP antes de la unión o registro como sociedad doméstica.
• La característica recibió por separado como los regalos o herencias.
• Característica comprada con los fondos de característica separados.
• Dinero ganado mientras que es domiciliado en un estado separado de la característica.
• Toda la característica declaró la característica separada en un acuerdo válido.
Mantenga la propiedad separada por separado. Si la propiedad o el ingreso de la propiedad se utiliza para propositos de la comunidad , o ha sido mezclada, podría perder su carácter separado de la propiedad, eliminando cualquier acuerdo.
Ingreso separado
Generalmente, el ingreso de la propiedad separada es ingreso del esposo/RDP que posee la propiedad. Al archivar, usted y su informe de esposo/RDP sus ingresos por separado en sus vueltas separadas.
Deducciones
Los costos contraídos para ganar o para producir negocio de la comunidad o renta de inversión se dividen generalmente igualmente entre usted y su esposo/RDP. Cada esposo/RDP se da derecho para deducir la mitad de los costos de los costos del negocio o de inversión en su vuelta separada.
Los costos contraídos para ganar o para producir renta separada del negocio o de inversión son deducibles por el esposo/RDP que posee la inversión que genera la renta, a condición de que esposo/RDP paga los costos de sus fondos separados.
Los costos que no son atribuibles a ningun ingreso específico, tal como costos médicos, son deducibles por el esposo/RDP que lo paga. Si estos costos son pagados de fondos de comunidad, la deducción se divide igualmente entre usted y su esposo/RDP.
Si un esposo/RDP detalla deducciones, ambos los esposos/RDPs detallan deducciones, incluso si las deducciones detalladas de un esposo/RDP son menos que la deducción estándar.
Créditos de la exención
Cuando usted archiva vueltas separadas, usted y su esposo/RDP deben cada demanda su propio crédito personal de la exención.
Cuando usted tiene más que uno dependiente apoyado por los fondos de comunidad, usted y su esposo/RDP pueden dividir el número de dependientes entre usted de cualquier manera que usted elija. Sin embargo, usted no puede partir el crédito para ninguÌn un dependiente.
División del ingreso, residentes de California - ejemplos
Ejemplo 1 - Usted y sus esposo/RDP son residentes de California. Usted ganó $15.000 en salarios. Su esposo/RDP ganó $30.000. Además de salarios, usted tiene acción que usted heredó. La acción está en su nombre solamente, y usted guarda la acción y la renta de dividendo a parte de fondos de comunidad. Usted recibió $5.000 en dividendos. Usted ha decidido archivar vueltas separadas.
Determinación: Usted y sus esposo/RDP cada uno tienen $22.500 en ingreso de la comunidad: ($15.000 + $30.000 = $45.000 ÷ 2). Además de sus $22.500 en ingreso de la comunidad que se divulgará, incluya los $5.000 de renta separada de dividendos, haciendo su ingreso total $27.500.
Ejemplo 2 - Usted y sus esposo/RDP son residentes de California. Para los primeros seis meses del año, usted ganó salarios de $30.000. Su esposo/RDP no ganó ninguna renta. El 30 de junio, usted y su esposo/RDP se separaron físicamente sin la intención de la reconciliación. Durante los seis meses pasados, usted ganó salarios de $30.000 y su esposo/RDP ganó salarios de $10.000. Usted ha decidido archivar vueltas separadas.
Determinación: Para los primeros seis meses del año, sus ganancias eran renta de la comunidad. Usted y su esposo/RDP debe cada informe sobre sus vueltas individuales una mitad del ingreso ganado durante este período. Cuando usted y su esposo/RDP se separaron físicamente sin la intención de la reconciliación, su estado del ingreso de la comunidad terminó. Por lo tanto, a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre, el ingreso ganado por usted y su esposo/RDP eran ingresos separados.
Usted Su Esposo/RDP
Comunidad
Enero-junio $15,000 $15,000
Separado
Julio-Diciembre 30,000 $10,000
________ __________
Total $45,000 $25,000
======= =========
Ejemplo 3: Juan y Jackie son no-residentes del año-entero de California. Jackie ganó $30.000 en los salarios para los servicios llevados a cabo en su estado de la residencia. Jackie también vendió la propiedad en California que era su característica separada. Ella tenía $100.000 ** aumento. Juan recibió una distribución de la pensión de $10.000 en 2008 basados en los servicios llevados a cabo en California. Para los propósitos de California, la distribución imponible de la pensión de Juan por el año es 0.* Juan tiene una casa de alquiler en California que sea su propiedad separada. Ingreso neto de el era $1.000. ** Juan y Jackie archivaron vueltas federales separadas, por lo tanto, archivan las vueltas separadas de California. Las situaciones siguientes demuestran cómo su renta se debe dividir basó en el domicilio.

· * Los No-residentes no se gravan en ingreso de la pensión.
· ** Este ingreso es de propiedad separada; por lo tanto, no se divide incluso cuando es domiciliado en un estado de la propiedad de comunidad.
K Qué forma al archivo
Residentes - si usted era un residente del lleno-año de California en 2008 y usted cumple los requisitos básicos de la limadura menudeados en la sección J, archive cualquier forma 540; Forme 540A, declaración sobre la renta residente de California; o forma 540 2EZ, declaración sobre el ingreso residente de California.
Sin embargo, si usted archiva una vuelta común y cualquier esposo/RDP era un no residente o un residente del parte-año en 2008, archive una forma larga o corta 540NR.
No residentes y residentes del Parte-Año - si usted era un no residente del lleno-año de California en 2008 y usted cumple los requisitos básicos de la limadura menudeados en la sección J, o si usted era un residente de California para la parte del año, la forma larga o corta 540NR del archivo.
L Estado de Declaración
Utilice el mismo estado de limadura para California que usted utilizó para su declaración sobre la renta federal, a menos que usted sea un RDP. Si usted es un RDP y archiva solo para federal, usted debe archivar la limadura de married/RDP en común o la limadura de married/RDP por separado para California. Si usted es un RDP y cabeza del archivo de familia para los propósitos federales, usted puede archivar el cabeza de familia para los propósitos de California solamente si usted cumple los requisitos de ser considerado no en una sociedad doméstica. Si usted no archivó una vuelta federal porque usted no tenía un requisito federal de la limadura, usted puede utilizar cualquier estado de limadura en su vuelta de California a que le dieron derecho a utilizar en su vuelta federal usted había sido requerido para archivar una vuelta federal.
Excepción: Si usted archiva una vuelta común para los propósitos federales, usted puede archivar por separado para California si cualquier esposo era uno del siguiente:
• Un
miembro activo de las fuerzas armadas de arma de Estados Unidos o de cualquie
rama militar auxiliar durante 2008.
• Un no residente por el año entero y no tenía ninguna renta de las fuentes de
California durante 2008.
Sin importar su estado de la implantación, si usted archiva las vueltas separadas de California, incorpore la cantidad que usted habría divulgado si usted había archivado una vuelta separada de archivaje casada cuando las instrucciones para la vuelta de California dicen incorporar una cantidad de su vuelta federal. Ate una explicación a su demostración de vuelta de California cómo usted parte la renta de su vuelta federal común entre usted y su esposo. Si le requieren atar una copia de su vuelta federal a su vuelta de California, ate una copia de su vuelta federal común.
Para la información de estado de fichar del RDP consiga el Pub de FTB. 737.
M Evite los errores comunes en la forma larga 540NR
Evite incurrir en equivocaciones desperdiciadoras de tiempo y costosas divulgando su AGI de todas las fuentes como si usted fuera un residente de California por el año entero.
Las declaraciones de impuestos de California comienzan con AGI federal. Sin embargo, hay diferencias entre California y la legislación fiscal federal. Utilice el horario CA (540NR) para convertir su AGI federal (columna A) a su AGI total de todas las fuentes bajo ley de California (columna D) como sigue:
• Copie su ingreso, ajustes, y deducciones federales a las líneas aplicables en el Anexo CA (540NR), columna A.
• Reste la renta que es imponible bajo ley federal pero no bajo ley de California (tal como ganancias de la lotería de California y ventajas de Seguridad Social) incorporándola en el horario CA (540NR), columna B.
• Agregue la renta excluida en la vuelta federal (tal como renta extranjera o renta de los enlaces municipales de no-California), a menos que la renta sea ley inferior específicamente excludable de California, incorporándola en el horario CA (540NR), columna C.
No reste la renta de fuente de no-California para determinar su AGI total de todas las fuentes bajo ley de California.
Cuando usted calcula su California AGI en el Anexo CA (540NR), la columna E, esté segura de incluir el siguiente:
• Todo el ingreso de cada fuente mientras que usted era un residente de California.
• Ingreso de las fuentes de California mientras que usted era un no residente. Vea las instrucciones de Anexo CA (540NR) para más información.
Vea las instrucciones de Anexo CA (540NR) para más información.
N Ingreso Doble-Gravado
Si usted pagó los impuestos a California y a otro estado en el mismo ingreso, usted puede calificar para un crédito fiscal para los impuestos pagados a otro estado. Consiga el Anexo S, Otro crédito fiscal de California de estado, para más información.
O Información Adicional
La ayuda del teléfono es a lo largo de todo el año disponible a partir de 7 de la mañana hasta 6 de la tarde lunes a viernes, excepto días de fiesta.
Dentro de los Estados Unidos, llamada 800.852.5711
Fuera de los Estados Unidos, llamada 916.845.6500 (no gratis)
Ayuda para las personas con inhabilidades :Estamos de acuerdo con el Acto de Americanos Discapacitados de la conformidad. Los personajes con los problemas auditivos o de habla, pueden llamar la un aparato de telecomunicación TTY/TDD del al 800.822.6268.